Hacienda empezará a recibir reportes automáticos de ingresos desde plataformas como OnlyFans, TikTok y YouTube.


A partir del 2026, el Ministerio de Hacienda recibirá informes automáticos sobre los ingresos que los creadores de contenido digital generan en plataformas como OnlyFans, YouTube, TikTok, Instagram y Spotify, 



como parte de la implementación del acuerdo multilateral promovido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Esta medida se aplicará a todos los ingresos obtenidos durante el 2025 y forma parte de la estrategia de intercambio automático de información fiscal entre países, con el fin de mejorar el control tributario en actividades digitales.

Influencers y creadores de contenido deben regularizar su situación fiscal

El abogado tributario Gabriel Zamora Baudrit explicó que este mecanismo tendrá efectos directos sobre personas físicas residentes en Costa Rica que perciban ingresos como influencers, generadores de contenido o prestadores de servicios digitales.

“Una vez que estas plataformas reporten sus pagos a Hacienda, la administración tributaria podrá verificar si dichos ingresos fueron correctamente declarados y gravados conforme a la normativa nacional”, detalló.

De acuerdo con la legislación vigente, cualquier persona que realice una actividad lucrativa en Costa Rica debe:

  • Inscribirse como contribuyente ante el Ministerio de Hacienda.

  • Emitir factura electrónica.

  • Presentar declaraciones mensuales del IVA cuando corresponda



  • Declarar anualmente el impuesto sobre la renta.

  • Afiliarse a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) como trabajador independiente si ofrece servicios personalizados o realiza colaboraciones activas.




¿Qué impuestos deben pagar los creadores de contenido?

Zamora explicó que existen dos tipos de ingresos con tratamientos fiscales distintos:

  • Ingresos activos (por servicios o colaboraciones personalizadas): pagan hasta un 25% sobre la renta neta, tras deducir gastos autorizados.

  • Ingresos pasivos (como suscripciones, vistas o regalías): se gravan con un 15% sobre la renta bruta.

Sin embargo, si estos ingresos provienen del extranjero y no están ligados a una actividad ejecutada localmente, podría aplicarse el principio de territorialidad, lo cual podría eximirlos de tributar. Esta condición debe ser analizada caso por caso.

Primer reporte: abril de 2026

La resolución MH-DGT-RES-0025-2024, que ya está vigente, establece que las plataformas digitales deben recopilar información durante todo el 2025 y presentar el primer informe a más tardar el 30 de abril del 2026.

Esto marca un cambio importante, ya que Hacienda contará con datos precisos para fiscalizar, aplicar sanciones y recuperar impuestos no declarados.

“La formalización ya no es opcional. Las plataformas informarán a Hacienda cuánto pagan a cada creador y, si ese ingreso no aparece en la declaración, el contribuyente se expone a ajustes tributarios, multas e intereses”, advirtió Zamora.


 

También aplica para anfitriones en Airbnb y Booking

La normativa también alcanza a quienes alquilan propiedades por medio de plataformas como Airbnb, Booking y otras similares.

“Los anfitriones que no hayan declarado correctamente estos ingresos podrían enfrentarse a un cobro retroactivo del 12,75 % sobre sus ingresos brutos, además de sanciones”, indicó el abogado.

Multas pueden superar los tres salarios base

La Dirección General de Tributación podrá aplicar sanciones a quienes:

  • No estén inscritos como contribuyentes.

  • No emitan factura electrónica.

  • No presenten declaraciones fiscales.

  • No lleven registros contables.

  • No suministren información cuando les sea requerida.

Las multas pueden llegar hasta el 2% de los ingresos anuales o superar los tres salarios base, según lo establecido en el artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. A esto se suman los intereses moratorios diarios, lo que podría aumentar significativamente el monto total adeudado.



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